terça-feira, 9 de setembro de 2014

EL SOBERANO, SUS ACREEDORES Y LA LEY



5 de septiembre de 2014, Red del Tercer Mundo (TWN)

No. 179 - Año 2014, http://agendaglobal.redtercermundo.org.uy (Uruguay)

Roberto Bissio*

El Grupo de los 77 y China acaban de presentar en las Naciones Unidas un proyecto de resolución para negociar y firmar el año próximo una “marco legal multilateral que establezca un marco regulatorio legal para los procesos de restructuración de la deuda soberana.

Para cumplir sus cometidos, los soberanos se endeudan. En un pasado no tan lejano esta deuda soberana podía financiar aventuras militares o la vida dispendiosa de los monarcas y sus cortes. En el mundo contemporáneo, en el que la primera obligación de los Estados es respetar, promover y proteger los derechos humanos, es la necesidad de un desarrollo que maximice el bienestar la que justifica el endeudamiento soberano.

Hay un enorme progreso ético y político entre el Estado absolutista y aquel basado en la soberanía popular organizada democráticamente. Sin embargo, a la hora en que
el soberano está en dificultades para pagar sus deudas, el mundo sigue siendo un territorio sin ley.
En 1307, Felipe IV de Francia solucionó su quiebra acusando a sus acreedores, los caballeros templarios, de herejía y sodomía y enviándolos a la hoguera. Si, en cambio, la fuerza estaba del lado de los acreedores, éstos no vacilaban en utilizarla contra el deudor soberano en falta (default), como hicieron los ingleses, alemanes e italianos en 1902, bloqueando con sus barcos cañoneros los puertos de Venezuela para cobrar su deuda, con un saldo de decenas de muertos en los bombardeos.

La reacción popular latinoamericana contra este abuso fue enorme pero un solo gobierno se solidarizó con el agredido y el canciller argentino Luis María Drago enunció el 29 de diciembre de 1902 la doctrina que hoy lleva su nombre y que considera ilegal el cobro violento de una deuda, lo que obviamente protegía a los Estados pequeños de la arbitrariedad de potencias que actuaban como juez, parte y ejecutor.

Nada más se ha hecho desde entonces para resolver de manera legítima e imparcial las disputas entre acreedores y deudores soberanos. En 1956, el gobierno argentino no pudo pagar las deudas de corto plazo contraídas por el gobierno del general Pedro Aramburu al derrocar a Juan Perón el año anterior. Argentina aceptó la invitación de Francia de negociar una solución con los países acreedores y así nació el Club de París, en el que los soberanos acreedores negocian con los deudores soberanos las deudas de gobierno a gobierno. Es un mecanismo informal y parcial en el que cada pequeño país deudor debe sentarse a negociar en condiciones muy desiguales ante los gobiernos de diecinueve países poderosos (Estados Unidos, varios de Europa occidental, Canadá, Japón, Israel y Rusia). En casi cincuenta años, el Club ha renegociado cuatrocientas treinta veces la deuda oficial de noventa países acreedores, por un monto total de 583,000 millones de dólares.

Pero en las últimas dos décadas la deuda soberana ha cambiado y los gobiernos ya no le piden prestado a otros gobiernos sino que ofrecen bonos al público nacional e internacional. Un Estado puede prestar a otro con la seguridad de que el cobro estará respaldado, ya no por sus cañoneras pero sí por la presión colectiva del Club de París. ¿Qué seguridad tiene el inversor particular? La lógica del mercado es implacable. Si el deudor es percibido como riesgoso, el comprador de bonos va a exigir tasas de interés altas. Los países que más necesitan el dinero pagan más caro por él.

Para bajar las tasas de riesgo, los países emiten bonos en monedas “fuertes” (dólares, euros o yenes), se recurre a la intermediación de grandes bancos internacionales y, finalmente, se renuncia a la soberanía jurídica, estableciendo las leyes y tribunales de Nueva York, Londres o Tokio para la resolución de cualquier problema con los acreedores, con lo que los sistemas financieros de estas ciudades prosperan a costa de las necesidades de los países en desarrollo.

Los bonos ya fueron usados en el siglo XVI por Felipe II, quien pasó a la historia como el mejor rey de España, a pesar de tres declaraciones de default y subsecuentes restructuraciones de su deuda externa. Pero este mecanismo se multiplicó explosivamente en las dos últimas décadas, al punto de que hoy se estima en cincuenta y cinco billones (millones de millones) de dólares el total de bonos soberanos circulando, cien veces más que toda la deuda de gobierno a gobierno renegociada por el Club de París en su historia.

Pero toda esta arquitectura financiera depende, en última instancia, de oscuros jueces como Thomas Griesa, de quien el New York Times dijo que “no termina de entender” cómo funcionan los bonos bajo su jurisdicción y cuya famosa resolución a favor de los fondos especulativos “difícilmente puede inspirar confianza en el sistema legal estadounidense”.

La International Capital Market Association (ICMA), que agrupa a los intermediarios de bonos soberanos, está reclamando nuevas reglas de juego y el Grupo de los 77 y China acaban de presentar en las Naciones Unidas un proyecto de resolución para negociar y firmar el año próximo una “marco legal multilateral que establezca un marco regulatorio legal para los procesos de restructuración de la deuda soberana, con miras a aumentar la eficiencia, estabilidad y predictibilidad del sistema financiero internacional”.

La votación será el martes 9 de setiembre y su resultado puede marcar un cambio en la historia de la deuda, que es una expresión financiera de la historia mundial de la inequidad.

*Roberto Bissio es Director del Instituto del Tercer Mundo (ITeM).

Nenhum comentário: