18 agosto 2015, Rebelión http://www.rebelion.org (México)
Si
bien la democracia representativa fue hija predilecta de la modernidad, la
misma que no pudo alcanzar su mayoría de edad por sus contradicciones internas
y la excesiva avaricia de las élites de poder. Sin embargo, ello no significó
la desaparición de otras prácticas democráticas participativas, comunitarias y
asamblearias, aunque estos tipos de democracia fueron sistemáticamente
excluidos del constitucionalismo liberal, y de los ordenamientos legales internos.
Desde
finales del pasado siglo, el neoconstitucionalismo suramericano, con sus nuevos
actores sociopolíticos colectivos, incorporó, en los ordenamientos jurídicos
internos de primer grado, en varios países con gobiernos progresistas,
mecanismos de participación ciudadana directa para democratizar a las
democracias formales. Nuevas constituciones políticas como la de Bolivia
establecen hasta tres tipos de democracia: participativa, comunitarias y
representativa.
¿Qué
novedades democráticas nos propone el neoconstitucionalismo suramericano?
Revocatoria
de Mandato. En el caso de la República Bolivariana de Venezuela y del Estado
Plurinacional de Bolivia, sus respectivas constituciones políticas en vigencia
incorporaron la figura de la Revocatoria de Mandato para remover a todos sus
funcionarios de elección popular que pierdan legitimidad social. En estos dos
países, desde el o la Presidenta del país, pasando por diputados/as, hasta los
alcaldes/as, pueden ser removidos de sus cargos (mediante consulta popular)
cuando existan evidentes actos de corrupción o incumplimiento de los programas
de gobierno con el que fueron electos.
En
Colombia, Perú, Ecuador, etc., existe esta figura jurídica, pero sólo para
destituir alcaldes y diputados. Bolivia y Venezuela son los dos únicos países
donde se puede revocar el mandato a los presidentes mediante consulta popular.
Hugo Chávez y Evo Morales se sometieron a dicho mecanismo popular de control y
sanción política.
Elección
popular de Magistrados del Órgano Judicial. En el caso de Bolivia, los
magistrados de la Corte Suprema de Justicia y del Tribunal Constitucional
Plurinacional son electos por voto popular. Sí, aunque Ud. no lo crea, y aunque
la doctrina constitucionalista tradicional se incomode. Bolivia es el único
país donde la ciudadanía elige, por voto popular, a sus máximos administradores
de justicia, y se garantiza el carácter plurinacional en su conformación.
De
esta manera, se intenta evitar la manipulación política que
regularmente
ejercen los partidos políticos en función de gobierno sobre la administración
de justicia, colocando (nombrando) en puesto claves a sus “ahijados”.
En
el imaginario colectivo latinoamericano, gobernantes y diputados son los
principales “ladrones” de los pueblos, pero en los hechos, casi ningún ex
gobernante o diputado/a es enjuiciado o encarcelado por sus actos. La
explicación es más que evidente.
Iniciativa
legislativa ciudadana. En el caso de Venezuela, Ecuador y Bolivia, la
ciudadanía, con el respaldo de un promedio del 10% de firmas, en la
circunscripción electoral, puede proponer al Congreso o Asamblea Nacional un
anteproyecto de Ley de interés popular. Y, las y los diputados están obligados
a conocer y debatir dicha propuesta.
Tradicionalmente,
en las democracias representativas, diputados, presidentes, ministros y
magistrados judiciales, monopolizaban el derecho de proponer anteproyectos de
Ley. Y, así, casi nunca la voluntad popular se convertía en Ley.
Referéndum
y plebiscitos para controlar y sancionar a los gobernantes. En países como
Venezuela, Bolivia, Ecuador, el recurso a la consulta popular, sea para aprobar
o desaprobar leyes, es una práctica que hace parte de la cultura política en
proceso de construcción.
El
plebiscito (otro mecanismo de participación/consulta popular directa) lo
practican para remover o refrendar a gobernantes y representantes electos por
voto popular.
En
el caso boliviano, el referéndum, por ejemplo, sirvió para la nacionalización
de las reservas hidrocarburíferas del país, y gracias a dicha voluntad popular
Bolivia se convirtió en un fenómeno socioeconómico continental en los últimos
años.
Asamblea
Constituyente Popular. El constitucionalismo tradicional establecía que los
cambios o reformas a las constituciones políticas se realizaban única y
exclusivamente mediante los representantes (diputados), respetando los
artículos pétreos (inmodificables) constitucionales.
Todavía
en países como Guatemala u Honduras se habla de diputados constituyentes y
artículos pétreos.
En
el nuevo constitucionalismo suramericano se establece que los cambios o
reformas a las constituciones políticas se realizan mediante procesos
constituyentes populares. Ya no existen artículos pétreos, ni diputados
constituyentes, sino pueblos constituyentes. Este es el caso de Bolivia,
Ecuador y Venezuela.
Partidos
políticos pierden el monopolio de la representación política. La apuesta por la
democracia participativa, en algunos de los países mencionados, significó la
legalización de otros canales de representación política, aparte de partidos
políticos. En el caso de Bolivia, las agrupaciones ciudadanas y pueblos
indígenas disputaron el monopolio de representación política a los partidos
políticos.
Estas
nuevas organizaciones políticas ciudadanas, con nuevos métodos organizativos
(más horizontales) y nuevos discursos programáticos, impulsaron los procesos de
refundación de los estados, y administran, ahora, a los nuevos estados ideados
en los procesos de asambleas constituyentes populares. Los partidos políticos
neoliberales de derecha e izquierda, si no murieron, aún no salen de su asombro
de aquellas inéditas sublevaciones políticas ciudadanas.
Presupuestos
participativos y redistribución de la riqueza. Los reconocidos y evidentes
avances económicos y sociales en estos países se debe ante todo a la inédita
participación ciudadana en asuntos económicos. El ejercicio de los presupuestos
participativos en Brasil, Bolivia, Ecuador, Venezuela, etc. hizo que la
inversión y las políticas sociales creciesen y se distribuyesen en los bolsones
sociales más deprimidos.
Sin
democracia participativa, ni la democratización de la economía, millones de
brasileros, ecuatorianos, bolivianos, continuarían sobremuriendo en la miseria.
Estos
y otros mecanismos de participación democrática directa evitaron que varios
países, bajo la égida neoliberal, ingresasen en la constelación de la violenta
desintegración social y política como sociedades y estados. La
constitucionalización y la implementación de estos mecanismos de participación
evitó que Bolivia o Ecuador fueran, en este momento, países desesperados,
convulsivos y violentos, como lo son Guatemala, Honduras o México.
Urge
superar los límites teóricos impuestos (como cerco doctrinal) por los agentes
de la democracia representativa excluyente, y transitar hacia la
democratización de la política y de la economía. Necesitamos incorporar en las
constituciones políticas de los estados los diferentes mecanismos de
participación y decisión popular directa. Al mismo tiempo, idear nuevas
instituciones y políticas públicas que posibiliten la construcción de nuevos
sujetos sociopolíticos y estados plurales acordes a las democracias
participativas.
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