segunda-feira, 12 de janeiro de 2009

Bolivia/Nueva Carta Magna constitucionaliza la Función Económico Social de la tierra

Agencia boliviana de Información (ABI) http://www.abi.bo

La Paz, 10 enero m2009 (ABI) - El proyecto de la nueva Carta Magna, por primera vez en la historia del país, constitucionaliza la Función Económica Social (FES) de la tierra, dejando de ser tan sólo una ley, para impedir las tierras ociosas, aseguró el vicepresidente de la República, Álvaro García Linera.

"Por primera vez, constitucionalmente, se define con precisión lo que es la Función Económica Social, cosa que no había en la antigua Constitución, sino que era una ley, y ahora es un tema constitucional", aseguró el segundo Dignatario de Estado.

La población boliviana acudirá el 25 de enero a las urnas para ejercer su derecho sobre los referendos dirimidor, que decidirá la tenencia de tierras privadas entre 5.000 ó 10.000 hectáreas, que no será de carácter retroactivo, y el aprobatorio del proyecto de la nueva Carta Magna.

De acuerdo al artículo 397, capítulo tres, del proyecto de Constitución, la Función Económica Social debe entenderse como el empleo sustentable de la tierra en el desarrollo de actividades productivas, conforme a su capacidad de uso mayor, en beneficio de la sociedad, del interés colectivo y de su propietario.

En ese marco, el Vicepresidente explicó que con el nuevo texto constitucional quedó consolidada la reversión, al Estado de aquellas tierras improductivas que no cumplan la FES.

García Linera indicó que si una persona posee 100 mil hectáreas de tierra y no realiza ninguna actividad en ese espacio, el Estado, por proceso de saneamiento, revertirá esas propiedades para su posterior redistribución.

Sobre la distribución, a partir de la vigencia de la nueva Carta Magna, los únicos sectores que podrán acceder a nuevas dotaciones de tierras fiscales son las comunidades campesinas, pueblos indígenas y pequeños productores agrarios.

"Ya no habrá más asignaciones de 20 mil, 30 mil (hectáreas de tierra) al cuñado, al concuñado, al pariente, a la amante, esas cosas se acabaron", apuntó la autoridad de Estado.

Sin embargo, para el viceministro de Tierras, Alejandro Almaraz, el nuevo texto constitucional va más allá sobre la redistribución de tierras, ya que incluso dispone que la propiedad sea revertida si en este se ejerce el trabajo en condiciones de servidumbre.

El Viceministro también indicó que la vigencia de los límites de extensión de tierras no tendrá retroactividad, en sentido de que solamente será exigida a predios adquiridos con posterioridad a la aplicación de la nueva Constitución.

Según la Ley de Reconducción Comunitaria, aprobada en noviembre de 2006, las propiedades de categoría mediana y empresarial que no cumplan la Función Económica y Social, ahora constitucionalizada, serán revertidas al Estado sin pago de indemnización a la persona afectada.

http://www.abi.bo/index.php?i=noticias_texto_paleta&j=20090110124903&l=200610200031_Nueva_Constituci%F3n_revierte_tierras_improductivas_(archivo).

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