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segunda-feira, 22 de setembro de 2008

Argentina/Proyecto de Ley Para Formalizar la Incorporación de la Declaración de Naciones Unidas sobre los Derechos Indígenas

21 septiembre 2008/ Mapuexpress - Informativo Mapuche http://www.mapuexpress.net

El proyecto de ley establece los derechos de los Pueblos indígenas en el país incluyendo temáticas como la tierra, la libre determinación, la autonomía en sus asuntos internos y locales, su identidad como indígenas... / La iniciativa es impulsada por varios congresistas, encabezada por el Diputado Pablo Zancada.

Experiencias similares se han adoptado en Países como Bolivia y México, donde dicha declaración se incorporó de lleno / Cabe mencionar que la Declaración fue votada en la ONU por los Estados el 13 de Septiembre de 2007.

Adherir Proyecto de Ley:

http://www.proteger.org.ar/doc804.html#cyberaccion

Buenos Aires, 10 septiembre 2008 - En el ámbito de Diputados de la Nación se está discutiendo un proyecto para transformar en ley la Declaración Universal sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas de la Organización de las Naciones Unidas (ONU). La Argentina fue el único país que el 13 de septiembre de 2007, luego de 12 años de debates, se abstuvo de votar cuando la 107º Asamblea General de la ONU aprobó esa declaración considerada un logro a nivel mundial.

Otros países como Bolivia y México ya adoptaron la declaración de la ONU como ley nacional. En la Argentina el diputado nacional Pablo Zancada impulsa la iniciativa, que ingresó a la Cámara baja con la firma de una decena de legisladores. Zancada es un legislador santafesino que se ha ocupado especialmente de temas sociales candentes como aquellos ligados a discapacidades, medio ambiente y asuntos indígenas.

Precisamente, Zancada sostiene que “el gran aporte de esta Declaración aprobada por la ONU el año pasado, es que incluye tanto los derechos individuales como los colectivos de los pueblos indígenas. Con el reconocimiento que significa esta declaración se introduce el derecho que tienen como individuos y como pueblos. Estos derechos colectivos son esenciales e indispensables para su existencia, bienestar y desarrollo integral”.

“Ese es el valor fundamental de esta Declaración de la ONU y uno de sus aportes sustanciales con respecto a los derechos humanos, tal como hoy día la comunidad internacional entiende los mismos”, destacó el legislador.

En los fundamentos del proyecto Zancada también señaló que “el 10 de diciembre de 1948, la Organización de Naciones Unidas aprobó la Declaración Universal de los Derechos Humanos ante la necesidad urgente de proteger y hacer respetar dichos derechos desde su carácter individual. Actualmente esta Declaración es el paradigma de principios que rige las normas nacionales y del derecho internacional. En su oportunidad, nadie discutió o puso en duda el valor moral, político y humanitario de dicho instrumento; ningún gobierno ni persona manifestó resistencia para ponerla en práctica, y por la mera voluntad de los Estados, se ha convertido en el instrumento madre de los demás”.

“Cincuenta y nueve años después, el 13 de septiembre de 2007, la misma Organización Mundial aprobó la Declaración de Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas. Este instrumento internacional tiene como propósito esencial acordar protección a los derechos de los pueblos indígenas del mundo”, continuó.

Además, “a la luz de los propios principios universales que rigen la Declaración Universal de los Derechos Humanos, la Declaración sobre Derechos de los Pueblos Indígenas tiene la misma igualdad y paridad política, jurídica y moral”.

Identidad, recursos y ambiente

La declaración internacional, que cuenta con cuarenta y seis artículos, “establece con claridad derechos tales como: la libre determinación, la autonomía en sus asuntos internos y locales, a su identidad como indígenas y también como ciudadanos del Estado Nacional en que viven”.

Respecto del medio ambiente la Declaración establece que los pueblos indígenas tienen derecho a la conservación y protección del mismo y a la preservación de la capacidad productiva de sus tierras, territorios y recursos debiendo ellos mismos determinar y elaborar las prioridades y estrategias para su desarrollo y el uso de sus tierras, territorios y recursos.

Por otra parte la Declaración “establece también el derecho de los Pueblos Indígenas a participar en la adopción de decisiones respecto de las cuestiones que los afecten y a ser consultados antes de adoptarse medidas legislativas o administrativas que los afecten, debiendo realizarse esa consulta de acuerdo a sus propios procedimientos y en forma libre e informada”.

La declaración de la ONU también hace referencia en varios artículos a un tema como la tierra, que es central de la lucha histórica que sostienen los indígenas. “Respecto a este tema se establece el derecho a las tierras, territorios y recursos que tradicionalmente han poseído, ocupado, utilizado o adquirido. Establece también el reconocimiento que deben hacer los Estados respecto a los sistemas tradicionales de tenencia de la tierra y el derecho a la reparación -entendida ella especialmente como restitución- por aquellas tierras, territorios y recursos tradicionales que hayan sido confiscados, tomados, ocupados, utilizados o dañados sin su consentimiento libre e informado”.

Convocatoria

El diputado nacional Pablo Zancada presentará públicamente la iniciativa y dará a conocer en detalles los alcances del proyecto de ley en un acto que se realizará el martes 30 de septiembre, a las 18.30, en la Sala José Luis Cabezas del Congreso Nacional, Av. Rivadavia 1864, ciudad de Buenos Aires.

PARA MAYOR INFORMACIÓN

Dip. Nacional Pablo Zancada

Email: pzancada@diputados.gov.ar

http://www.mapuexpress.net/?act=news&id=3273

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quarta-feira, 16 de julho de 2008

COMUNICADO PÚBLICO SOBRE LIBREDETERMINACIÓN DEL PUEBLO MAPUCHE

DECLARACION DE TEMUCO SOBRE EL DERECHO A LA LIBRE ETERMINACION/AUTOGOBIERNO MAPUCHE

11 July, 2008/Mapuexpress www.mapuexpress.net

Nosotros los participantes y representantes de las comunidades Mapuche, nos hemos reunidos en la Primera Conferencia Nacional sobre el derecho a la Libre Determinación / Autogobierno Mapuche, evento convocado por el Consejo de Todas las Tierras, en la ciudad de Temuco en el marco del We Tripantu Año Nuevo Mapuche, día 23 de junio para analizar el derecho a la libre determinación y el Autogobierno Mapuche contenido en la Declaración de Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas.

1.- Reafirmamos el derecho a la Libre Determinación, como derecho inherente al Pueblo Mapuche. Al respecto, cabe subrayar que este derecho fue conculcado a raíz de la ocupación militar que el Estado Chileno hiciera con el Pueblo Mapuche y su territorio alrededor de la Pacificación de la Araucanía durante 1881, del cual se deriva nuestra situación.

2.- Destacamos que el derecho a la Libre Determinación constituye el derecho y un principio fundamental para propiciar un proceso de articulación y concretar el establecimiento del Autogobierno Mapuche. Consideramos que éste derecho colectivo constituye un área común para converger todos los actores Mapuche comprometidos con un proceso autonómico.

3.- Como titulares del derecho a la Libre determinación, subrayamos la urgente necesidad de seguir propiciando la definición de un plan estratégico sobre el derecho al Autogobierno Mapuche para guiar nuestro accionar colectivo. Cuyo plan, debe contener aspectos esenciales para la conformación y construcción de una voluntad colectiva entre Mapuche para llevar adelante su concreción, asimismo, propiciar y establecer alianza con la sociedad civil regional, nacional e internacional.

4.- Consideramos que el Autogobierno, además de constituir un proceso legítimo, es la medida adecuada para adoptar decisiones propias que afectan al Pueblo Mapuche y asimismo garantizar, salvaguardar y hacer respetar los derechos territoriales y los recursos del suelo y subsuelo que están seriamente amenazados por la expansión de las actividades forestales, mineras, hidroeléctricas, la industria del turismo, la piratería intelectual y la biopiratería entre otros.

5.- A casi dos siglos de la conformación del Estado Chileno su posición ha sido invariable con el Pueblo Mapuche y sus derechos, y con todos los Pueblos Indígenas del país, la celebración de un Bicentenario durante el año 2010 constituye un momento histórico y propicio para tomar decisiones relativas al Autogobierno Mapuche, considerando además la acentuación de la política de criminalización del Estado Chileno y de algunos grupos económicos con los derechos del Pueblo Mapuche y sus actores.

6.- Afirmamos que el ejercicio del derecho a la libre determinación es la manera adecuada y eficaz para la prevención y resolución del histórico conflicto entre el Estado Chileno y el Pueblo Mapuche, al mismo tiempo, es la forma para participar plenamente en las relaciones multilaterales de la comunidad internacional contemporánea.

7.- Hacemos un llamado a las autoridades tradicionales los Lonko, Machi, Weupife, Ngenpin y Werken a participar activamente; asimismo, llamamos a los profesionales, mujeres, jóvenes, trabajadores, estudiantes Mapuche y a todos ha integrarse al proceso de construcción de la voluntad colectiva y establecer niveles de convergencia sobre el Autogobierno Mapuche.

8.- Establecemos y propiciamos un Plan de Acción para la promoción y construcción del Autogobierno Mapuche. Este Plan de Acción comprende preliminarmente:

a).- La realización de la Conferencia Internacional en Temuco para el mes de octubre 2008 con el objeto de intercambiar experiencias internacionales sobre Autogobierno Indígena,

b).- La presentación del Plan Estratégico para el proceso de Conformación del Autogobierno Mapuche – octubre 2008-.

c).- La primera manifestación pública en la ciudad de Temuco sobre el Autogobierno para el mes de octubre 2008,

d).- La creación de la Escuela para el Autogobierno Mapuche.

e).- Propiciar la creación de la “Universidad de Verano sobre el Autogobierno Mapuche” integrando a las Universidades publicas y privadas para discutir de cara con la Sociedad Civil Chilena sobre el alcance del derecho a la Libre determinación.

f).- Propiciar la realización de Foros, seminarios, conferencias a nivel internacional para profundizar el alcance del derecho a la Libre determinación y conocer otros procesos políticos de los Pueblos.

g).- Fomentar e incentivar el dialogo y debate a nivel del Lof- comunidad y urbano sobre el Autogobierno Mapuche.

h).- Establecer desde la comunidad –Lof La Red de Werkenes por el Autogobierno Mapuche

i).- A nivel Internacional y Nacional establecer la Red y/o Puntos Focales sobre el Autogobierno Mapuche.

j).- La creación de una Página Web y una Red electrónica para los interesados

Wallmapuche, Temuco, Chile –We Tripantu- 2008.

http://www.mapuexpress.net/?act=publications&id=1432